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Código Penal Artículo 217 bis A Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Código Penal Oaxaca
Artículo 217 bis A.

Comete el delito de enriquecimiento ilícito el servidor público, que con motivo de su empleo, cargo o comisión, por sí o por interpósita persona, aumente su patrimonio, sin que pueda justificar la procedencia lícita del mismo, respecto de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

Respecto de los bienes que se acredite que fueron obtenidos de manera ilícita, serán decomisados a favor del Estado y pasarán a formar parte del fondo para la procuración de justicia y administración de justicia por partes iguales.

Cuando el monto que asciende el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente de 5000 veces el salario mínimo, se impondrá pena de uno a cinco años de prisión, destitución e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos por un término igual al de la pena de prisión que se imponga, al servidor público que lo cometa y multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo vigente en el Estado al momento de la comisión del ilícito.

Si el monto que hacienda el enriquecimiento ilícito excede del equivalente de cinco mil veces el salario mínimo, la pena de prisión será de seis a catorce años, destitución e inhabilitación para ocupar empleos o cargos públicos por un término igual al de la pena de prisión que se imponga, al servidor público que lo cometa y multa de trescientas a quiienitas veces el salario mínimo vigente en el Estado al momento de la comisión del ilícito.



Estado de Oaxaca Artículo 217 bis A Código Penal
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


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